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Código de conducta CONTURSA

1. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
CONTURSA es una empresa pública, de capital municipal, que desarrolla su actividad conforme a los principios de honestidad, lealtad, integridad, imparcialidad, cumplimiento, transparencia en la gestión y eficiencia.
La empresa considera su imagen y reputación corporativa como un activo muy valioso para preservar la confianza de sus empleados, clientes, colaboradores, proveedores, autoridades y de la sociedad en general. Los destinatarios de este Código deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de la compañía en todas sus actuaciones profesionales.
Este Código de Conducta se encuadra en la decisión del Consejo de Administración de implantar en la Compañía un programa de prevención de delitos en el ejercicio de las actividades sociales que incluya medidas de vigilancia y control idóneas para evitar o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión y tiene como finalidad establecer las pautas que han de guiar la conducta de la empresa y de las personas que la integran (empleados, directivos, colaboradores y administradores) a fin de garantizar un comportamiento ético y responsable en el desarrollo de su actividad, tanto dentro de la sociedad como en las actuaciones con clientes, proveedores y colaboradores externos, más allá incluso del obligado cumplimiento de la ley.
El Código se concibe, por tanto, como un conjunto de normas propias que definen la cultura corporativa, los valores y principios de CONTURSA y refuerzan las pautas de conducta en la organización.

 
 

2. VALORES
El Código de Conducta es un reflejo de los valores corporativos y de los principios que han de orientar la conducta de todas las personas que componen esta empresa, y se basa en:
– El respeto a la ley, a los derechos humanos internacionalmente reconocidos, en un compromiso social y ético y en el respeto al entorno y al medio ambiente.
– El trato justo y respetuoso con los empleados y entre los compañeros de trabajo.
– La honestidad, integridad, lealtad, imparcialidad, profesionalidad, calidad, eficacia y eficiencia en el desarrollo de la actividad empresarial.
– El respeto de los intereses de otras personas relacionadas con la compañía, incluidos clientes, proveedores, colaboradores, autoridades y competidores.
– La transparencia en la gestión y la facilitación del acceso público a la información a través del portal de transparencia de su página web.

 
 

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente CÓDIGO DE CONDUCTA es de aplicación a los miembros de los órganos de administración, gerente, directores de área y de departamentos, empleados y, en general a todo el personal de CONTURSA, sin excepción y cualquiera que sea su cargo responsabilidad, posición jerárquica, ocupación, modalidad contractual o lugar en el que desempeñen sus funciones.

 
 

4. CUMPLIMIENTO
Todos los miembros de CONTURSA tienen la obligación de conocer y cumplir el CÓDIGO DE CONDUCTA y de colaborar para facilitar su implantación en el seno de la empresa, así como comunicar al Oficial de Cumplimiento – Compliance Officer- cualquier infracción o incumplimiento del mismo que conozcan. El incumplimiento de sus términos podrá motivar la adopción de las pertinentes acciones disciplinarias.

 
 

5. COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN
La empresa comunicará y difundirá el Código de Conducta entre los destinatarios del mismo mediante la entrega de copias, su inclusión en la intranet, su accesibilidad en la página Web de la compañía, y por cualquier otro medio que se determine.

 
 

6. PRINCIPIOS ÉTICOS GENERALES

6.1 CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
CONTURSA cumple estrictamente las leyes y las normas que le son aplicables.
Todos los profesionales de CONTURSA, sea cual sea su nivel jerárquico o funcional, deberán cumplir estrictamente la legalidad vigente, atendiendo al espíritu y finalidad de la misma y evitarán conductas que, sin violar la legalidad, contravengan los valores, principios y comportamientos éticos establecidos en el presente Código. Asimismo, deberán cumplir la normativa interna en el desarrollo de su actividad, así como respetar íntegramente los compromisos y obligaciones asumidas en sus relaciones contractuales con terceros.
Los directores de área y los directores de los respectivos departamentos de CONTURSA deberán conocer particularmente las leyes y reglamentaciones que afecten a sus respectivas áreas de actividad y deberán asegurarse de que los profesionales que de ellos dependen reciban la adecuada información y formación que les permita entender y cumplir las obligaciones legales y reglamentarias aplicables a su función laboral. Asimismo, deberán hacer extensivo este compromiso de respeto con la legalidad vigente en las relaciones con entidades y personas en el desarrollo de su actividad profesional.
El personal de CONTURSA deberá desarrollar sus funciones con la máxima diligencia profesional propia de su responsabilidad, debiendo conocer igualmente las normas y reglas de funcionamiento.

 
 

6.2 RESPETO POR LA INTEGRIDAD Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS

CONTURSA se compromete a mantener un entorno laboral respetuoso con la dignidad y con la libertad personal.
Ninguna persona empleada en la empresa es discriminada por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
No se toleran situaciones de acoso, tanto sexual como moral, en el seno de la empresa.

 
 

6.3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

La contratación de personal se realizará siempre conforme a los criterios establecidos en los Procedimientos para la Selección de Personal aprobados por CONTURSA, respetando en todo momento los principios de transparencia, equidad, e igualdad de oportunidades.

 
 

6.4 SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

La Prevención de Riesgos Laborales es una exigencia ética, legal y social, integrada en todos los ámbitos y actividades de CONTURSA, con la implicación y participación de todos y cada uno de los miembros del personal y a todos los niveles jerárquicos, y constituye un elemento más de modernización y mejora continua de la organización.
CONTURSA declara su firme compromiso de mantener y desarrollar el sistema de Prevención de Riesgos Laborales implantado, asumiendo la protección de los trabajadores como principal objetivo en esta materia e impulsando la integración de la Prevención a todos los niveles de la empresa, con el objetivo de prevenir y minimizar los riesgos laborales.
CONTURSA promoverá que las empresas colaboradoras y proveedores con los que opere cumplan sus normas y programas en materia de seguridad y salud en el trabajo que les afecten y utilizará todos los medios que estén a su alcance para informar a dichos colaboradores y proveedores de todas las normas y programas desarrollados en Contursa relativa a esta materia.

 
 

6.5 DERECHO A LA INTIMIDAD Y CONFIDENCIALIDAD

La empresa garantiza el derecho a la intimidad y privacidad de empleados, colaboradores, clientes y proveedores en los términos previstos en las leyes, protegiendo los datos personales de los mismos y comprometiéndose a no divulgarlos salvo consentimiento expreso de los interesados o salvo los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.
La empresa cumplirá, igualmente, con la legislación vigente en materia de protección de datos confiados por sus empleados, clientes, proveedores, candidatos en procesos de selección u otras personas.

 
 

6.6 RESPETO AL MEDIO AMBIENTE

La preservación del medio ambiente es una preocupación fundamental de la empresa, que se esfuerza por minimizar el impacto medioambiental de sus actividades y de la utilización de las instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición, procurando un uso eficiente de los mismos.

 
 

6.7 USO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS

Los miembros de CONTURSA respetarán las siguientes pautas de actuación respecto a los equipos informáticos, programas y todo de tipo de software e información facilitado por la empresa para el desempeño de sus funciones profesionales:
-Los medios informáticos de cualquier tipo facilitados por la empresa a sus empleados están exclusivamente dedicados a ser utilizados como herramienta de trabajo para el desarrollo de las funciones profesionales encomendadas y, en consecuencia, no pueden ser utilizados para fines particulares o ajenos al interés de la empresa y serán objeto de un adecuado y correcto uso.
– Únicamente podrán ser utilizados en los ordenadores puestos a disposición de los empleados por la empresa, aquellos programas y aplicaciones informáticas adquiridos y facilitados por ésta. La instalación de software solo puede ser realizada por personal designado por el departamento de informática, quedando expresamente prohibido instalar, almacenar y utilizar en los PCs y ordenadores personales de la empresa cualquier software ajeno no facilitado por ésta.
– Se utilizará identificador personal o contraseña para la realización de las actividades, que no podrán ser compartidas o reveladas a otro usuario, y serán renovadas periódicamente con el fin de protegerlas del conocimiento de usuarios no autorizados.
– El correo electrónico debe ser utilizado exclusivamente para fines profesionales relacionados con la actividad de la empresa.

 
 

6.8 PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Todos los miembros de CONTURSA están comprometidos en la defensa y preservación de sus derechos de propiedad intelectual e industrial, y, en especial, velarán por el buen uso y protección de la marca FIBES y cualesquiera otras de las que ostente o adquiera la titularidad para el ejercicio de su actividad.
Igualmente, se comprometen a respetar los derechos de propiedad intelectual e industrial titularidad de terceros.

 
 

6.9 COMPETENCIA LEAL

CONTURSA se compromete a actuar en el marco de sus actividades ordinarias conforme a lo establecido en la Ley de Defensa de la Competencia y en la Ley de Competencia Desleal, y muy especialmente, se compromete a evitar todas aquellas actuaciones que, recogidas en dicha normativa, son consideradas por el legislador como conductas prohibidas.
Por ello, se compromete a competir de forma ética en los mercados, siendo respetuosos y evitando la competencia desleal, absteniéndose de captar clientes o información sobre competidores a través de métodos no éticos, así como a actuar de buena fe y fomentar relaciones cordiales y de beneficio común dentro del sector, incluyendo a nuestros competidores.

 
 

6.10 CONTABILIDAD Y RECURSOS FINANCIEROS

La información financiera se elaborará con fiabilidad, de conformidad con la normativa aplicable y será un reflejo fiel de la totalidad de las transacciones y de los activos y pasivos de la entidad. CONTURSA rechaza toda actividad encaminada a defraudar a la Administración Tributaria, la Seguridad Social o cualquier otro organismo público, así como la obtención de cualquier tipo de ventaja, beneficios fiscales, sociales o subvención de manera fraudulenta.
Todas las transacciones -operaciones, movimientos, contratación- etc.- de CONTURSA deberán quedar reflejadas con claridad y precisión en los registros de la Sociedad, representando, de esta manera, la imagen fiel de las transacciones realizadas.
Específicamente, todos los pagos y cobros deberán estar sujetos a las políticas y procedimientos que establezca el Área Económico-Financiera, debiendo ser denunciados todos aquellos que no respondan a dichos criterios o a la normativa aplicable.

 
 

6.11 CONFLICTO DE INTERESES

No deben aceptarse con carácter general los comportamientos que comprometan la independencia de CONTURSA en la toma de decisiones.
Se entenderá que existe un conflicto de intereses cuando entren en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la compañía y el interés personal de cualquier empleado o de cualquier persona a él vinculada.
Los profesionales de CONTURSA evitarán cualquier conflicto de intereses y, en todo caso, deberán informar cuando una decisión o actuación pueda producir una colisión entre sus propios intereses y los de la Sociedad. En particular:
1. No participarán, sin previa autorización, en negocios o actividades económicas que puedan producir una colisión de intereses con CONTURSA y, en ningún caso, cuando supongan deslealtad hacia la Sociedad.
2. No podrán ser suministradores ni proveedores del mismo, ni adquirir ni arrendar bienes a éste sin autorización.
3. No influirán en las condiciones sobre la concesión o adjudicación de contratos o autorizaciones cuando existan intereses particulares en los beneficiarios y se abstendrán de intervenir en cualquier asunto en que concurra alguna causa que pueda afectar a su objetividad.
4. No intervendrán ni aprobarán acuerdo o transacción alguna con proveedores o clientes en nombre de la Sociedad en el caso de que exista con ellos una relación de parentesco, o una vinculación o interés empresarial.
5. No se valdrán de su posición para obtener ventajas personales o materiales, ni aprovecharán oportunidades de negocio de las que pudieran tener conocimiento con ocasión del desarrollo de su actividad profesional.

 
 

6.12 REGALOS OBSEQUIOS Y FAVORES

En CONTURSA no se admitirá ningún tipo de regalo u obsequio que pueda ser interpretado como algo que excede las prácticas razonables de mera cortesía.
En ningún caso se darán ni aceptarán regalos u obsequios en dinero.
En particular, se prohíbe cualquier forma de regalos, obsequios o favores a clientes, proveedores, funcionarios públicos españoles o extranjeros, auditores, consejeros, etc. que puedan influir en la independencia en la toma de decisiones por parte de estos últimos, o que puedan inducir a garantizar cualquier tipo de favor a CONTURSA o sus empleados y directivos.
Cualquier obsequio de CONTURSA se caracterizará porque su valor solo podrá ser simbólico y porque estará destinado a promover la imagen de marca de la empresa.

 
 

6.13 BLANQUEO DE CAPITALES

La empresa cumplirá con las disposiciones, nacionales o internacionales dictadas para prevenir el blanqueo de capitales. En este sentido, no se establecerán relaciones de negocios con personas o entidades que no cumplan con la citada normativa o que no proporcionen la información adecuada en relación con el cumplimiento de la misma.
Igualmente se prestará especial atención a los pagos y cobros en metálico que resulten inusuales atendiendo a la naturaleza de la operación realizada.

 
 

6.14 NORMAS DE ACTUACIÓN EN RELACIÓN CON LOS PARTIDOS POLÍTICOS

CONTURSA se abstendrá de la realización de cualquier actividad prohibida relacionada con la financiación de partidos políticos.
En particular, en cumplimiento con la normativa vigente, se prohíbe la realización por parte de CONTURSA de cualquier tipo de donación o aportación, con independencia de su cuantía y forma, destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores.
Las prohibiciones anteriores son igualmente aplicables a las donaciones y aportaciones que se realicen a fundaciones y entidades vinculadas a partidos políticos o dependientes de ellos en los términos previstos en la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, de Financiación de Partidos Políticos.

 
 

7 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA Y COMPORTAMIENTO ÉTICO

7.1 RELACIONES CON CLIENTES

En las relaciones con los clientes, la transparencia e integridad en la actuación y en el trato garantizando la excelencia en la calidad del servicio es prioritario para todos los empleados, y se velará porque la información que se facilite sea veraz, cumpla las especificaciones efectuadas, y sirva para propiciar relaciones basadas en la confianza mutua.

 
 

7.2 RELACIONES CON PROVEEDORES Y COLABORADORES

La empresa tiene como objetivo mantener con sus proveedores y colaboradores, relaciones basadas en la imparcialidad, el respeto, el beneficio mutuo y la confianza, así como en la eficacia y corrección en la prestación del servicio.
En relación con los proveedores y colaboradores se observarán las siguientes pautas:
– Los procesos de selección de proveedores se ajustarán a la Ley de Contratos del Sector Público junto a las Instrucciones Reguladoras de los Procedimientos de Contratación aprobadas por CONTURSA, estando la adjudicación de los contratos sometida a los principios de publicidad,concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, evitando cualquier conflicto de influencia, interés o favoritismo en su selección y asegurando, asimismo, que la adjudicación de los contratos se efectúe en base a la mejor relación calidad –precio.
– La información facilitada por CONTURSA a los proveedores y colaboradores será veraz y evitando que pueda inducir a error o engaño.
– Los precios y las informaciones presentadas por los proveedores en un proceso de selección serán tratados confidencialmente y no se revelarán a terceros salvo consentimiento de los interesados.
– CONTURSA garantiza el derecho a la intimidad y la confidencialidad de los datos de sus proveedores, y cumplir con lo establecido en la legislación sobre protección de datos de carácter personal.

 
 

7.3 RELACIONES CON AUTORIDADES, ADMINISTRACIONES, ORGANISMOS Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS

Las relaciones con las autoridades, organismos públicos y funcionarios estarán guiadas por el respeto institucional, la transparencia y la honestidad en la defensa de nuestros intereses legítimos y el cumplimiento de la legalidad, así como la colaboración en la consecución del interés común de la promoción y proyección de Sevilla como objetivo turístico y lugar de celebración de congresos, ferias y eventos.
En lo referente a actividades ilícitas, se procurará siempre poner la máxima diligencia en su detección, cumpliendo escrupulosamente las disposiciones para la prevención de la corrupción y el soborno. Quedando expresamente prohibido ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, dinero en metálico, regalos o dádivas, favores o compensaciones, cualquiera que sea su naturaleza, a ó de cualesquiera autoridades, funcionarios públicos o empleados o directivos de empresas u organismos públicos, tanto de España como de cualquier otro país.
Se colaborará con las autoridades judiciales, administrativas e inspectoras, llevando a cabo en todo momento un escrupuloso cumplimiento de sus resoluciones.
Las informaciones remitidas en nombre de la empresa en ningún caso contendrán datos engañosos, ficticios o no contrastados suficientemente.

 
 

8. CANAL ÉTICO

La empresa pone a disposición de empleados, directivos, colaboradores, clientes y proveedores un canal de denuncias que permitirá comunicar, con carácter confidencial, dudas, sugerencias, posibles conductas irregulares o cualquier incumplimiento de las normas recogidas en el presente Código.
Se ha establecido un procedimiento que permite a los destinatarios notificar de forma confidencial y sin temor a represalias cualquier irregularidad o incumplimiento de los principios recogidos en el presente Código.
Las denuncias se cursarán preferentemente por vía electrónica en un canal habilitado expresamente al efecto y a través de la web corporativa, a las siguientes direcciones:

Correo electrónico: canaldecumplimiento@fibes.es
Web: www.fibes.es

 
 

9. ACTUALIZACIÓN Y REVISIÓN

El Código se revisará y actualizará periódicamente, atendiendo a lo dispuesto en la Política de Compliance de CONTURSA, así como a las sugerencias y propuestas que realicen los destinatarios del mismo.
En este sentido, corresponde al Consejo de Administración de CONTURSA la función de supervisión del funcionamiento y efectividad del Código de Conducta de la Sociedad. Para ello podrá contar con asesores externos que verifiquen el cumplimiento efectivo del presente Código y normativa interna de desarrollo y complemento.
El Compliance Officer será el encargado de interpretar las normas contenidas en el Código de Conducta de CONTURSA, debiendo armonizar su interpretación con políticas, protocolos y demás normativa interna de la Sociedad.
Del mismo modo, corresponde al Compliance Officer proponer, para su aprobación por el Consejo de Administración, las necesarias modificaciones
o evolución del Código de Conducta y normativa asociada como consecuencia de cambios legislativos o en la actividad desarrollada.

 
 
10. ENTRADA EN VIGOR

El presente Código de Conducta entra en vigor el mismo día de su aprobación por el Consejo de Administración de la Compañía.